UE🇪🇺: el Sistema Europeo de Bancos Centrales propone modificaciones a MiCA
UE🇪🇺: el Sistema Europeo de Bancos Centrales propone modificaciones a MiCA
El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) ha propuesto revisar el marco regulatorio de MiCA, con cambios en los requisitos aplicables a los emisores de stablecoins y a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP). La propuesta también busca incorporar al marco regulado actividades como el staking, el préstamo y el endeudamiento con criptoactivos.
Lista de las principales modificaciones:
1️⃣ Transferir la supervisión de los CASP a escala europea, atribuyendo a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) un papel de supervisión directa en lugar de dejar esta función exclusivamente en manos de los reguladores nacionales.
2️⃣ Revisar los requisitos de capital de los CASP, teniendo en cuenta los riesgos financieros y no financieros, en lugar de basarlos principalmente en sus gastos operativos.
3️⃣ Ampliar los criterios para considerar a un CASP como significativo e introducir el requisito de contar con una sede central intermedia dentro de la UE.
4️⃣ Modificar los requisitos de reserva para las stablecoins, eliminando los porcentajes mínimos fijos que deben mantenerse como depósitos bancarios y sustituyéndolos por requisitos de liquidez basados en el vencimiento de los activos de reserva. Actualmente, MiCA exige mantener el 30% de las reservas en depósitos bancarios, porcentaje que aumenta al 60% para los tokens significativos.
5️⃣ Introducir requisitos de liquidez con vencimientos de 1 y 5 días. Como referencia, para las stablecoins significativas se plantea que al menos el 40% de los activos de reserva venza en un plazo de 1 día hábil y el 60% en un máximo de 5 días hábiles. Para los demás tokens, los porcentajes serían del 20% y 30%, respectivamente.
6️⃣ Mantener y reforzar la prohibición de ofrecer remuneraciones sobre stablecoins, extendiéndola tanto a formas directas como indirectas de rendimiento. La propuesta busca evitar que mecanismos como el lending o el staking reproduzcan indirectamente el efecto de los intereses.
7️⃣ Establecer una regulación a escala de la UE para el staking, el préstamo y el endeudamiento con criptoactivos, diferenciando entre los modelos de intermediación y los servicios de inversión. La EBA también ha recomendado incorporar el crypto lending al marco regulatorio, incluidos los servicios vinculados a protocolos DeFi.
8️⃣ Precisar el tratamiento regulatorio de DeFi, incluyendo en el marco normativo determinadas actividades de préstamo y staking cuando se ofrecen mediante este tipo de estructuras.
9️⃣ Reforzar la regulación de las stablecoins con múltiples emisores en distintas jurisdicciones, evaluando si deben permitirse estructuras que combinen emisores de la UE y de terceros países y estableciendo mecanismos para valorar la equivalencia de los marcos regulatorios extranjeros.
1️⃣0️⃣ Reforzar las normas de gestión de crisis para los emisores de stablecoins, armonizando los requisitos de MiCA con la Directiva sobre Reestructuración y Resolución de Entidades Bancarias (BRRD).
😳 Contexto: MiCA comenzó a aplicarse de forma plena a finales de 2024, mientras que el período transitorio para determinados proveedores finalizó en 2026. Según los datos citados en la propuesta sobre la evolución del mercado, el registro provisional de MiCA contaba con 244 CASP y 40 EMT al finalizar el período transitorio en julio de 2026. Posteriormente, el número de entidades registradas aumentó hasta 349 en septiembre de 2026, con los bancos representando el 23%.
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