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💣 República Dominicana🇩🇴: la Cámara de Diputados aprueba proyecto de ley para regular los juegos de azar

💣 República Dominicana🇩🇴: la Cámara de Diputados aprueba proyecto de ley para regular los juegos de azar

Tras casi dos años de debate legislativo, la Cámara de Diputados de la República Dominicana aprobó en segunda lectura el proyecto de ley destinado a establecer un marco regulatorio integral para el sector de los juegos de azar, incluyendo normas sobre licenciamiento, supervisión, protección al consumidor y control de las operaciones, tanto presenciales como digitales.

Creación de la autoridad reguladora: según el artículo 8, el proyecto establece la creación de la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA), un organismo público autónomo y descentralizado, con personalidad jurídica propia y facultades para regular y supervisar la actividad.

Licencias para operadores: de acuerdo con el artículo 47, los casinos y las casas de apuestas solo podrán operar mediante una licencia otorgada por la DGJA, con una vigencia de 10 años. Asimismo, las salas de juego y las plataformas virtuales deberán contar con una autorización adicional con el mismo período de validez.

👉 Una vez concluido el proceso de licenciamiento de los actuales solicitantes (cuyo listado ya ha sido publicado), se aplicará una moratoria de 10 años para la emisión de nuevas licencias, con excepción de los casinos físicos ubicados en hoteles y zonas turísticas.

Ubicación de los establecimientos: el artículo 26 establece que los puntos de apuestas deportivas deberán mantener una distancia mínima de 500 metros entre sí y no podrán ubicarse cerca de escuelas, centros de salud, estaciones de policía u otros lugares determinados por la normativa.

Punto pendiente de interpretación jurídica: el artículo 86 incluye una disposición que autoriza a las casas de apuestas deportivas a ofrecer juegos electrónicos o virtuales dentro de sus establecimientos. Sin embargo, otra disposición contenida en el artículo 101 parece imponer restricciones sobre esta actividad, lo que podría requerir una aclaración normativa o interpretación legal posterior.

Régimen sancionador: el proyecto contempla sanciones administrativas y penales que incluyen penas de prisión de 1 a 10 años, además de multas para quienes operen sin licencia, promocionen juegos ilegales, manipulen apuestas o resultados, alteren máquinas de juego o promocionen plataformas extranjeras no autorizadas, entre otras infracciones.

Régimen tributario: las disposiciones fiscales aplicables al sector todavía no han sido definidas de manera definitiva dentro del proyecto de ley.

✅ El texto establece además que las actividades recreativas o deportivas sin fines económicos para organizadores u operadores, y que no impliquen transferencia de valor económico entre los participantes, quedarán fuera del alcance de la regulación.

✅ Tras su aprobación con modificaciones en la Cámara de Diputados, el proyecto deberá regresar al Senado de la República Dominicana, que analizará los cambios introducidos antes de tomar una decisión sobre su aprobación definitiva.

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