😳 Perú🇵🇪: el regulador refuerza los controles contra el lavado de activos en el juego presencial y en línea
😳 Perú🇵🇪: el regulador refuerza los controles contra el lavado de activos en el juego presencial y en línea
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó un nuevo marco normativo para fortalecer la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo en el sector.
➡️ La Resolución SBS N.º 1695-2016 será reemplazada por la Resolución N.º 01015-2026, que introduce los siguientes lineamientos:
➡️ Los operadores deberán implementar un Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT), adaptado a los riesgos específicos de su actividad.
➡️ Empleados y directivos deberán recibir capacitaciones anuales obligatorias en materia de prevención y detecciónde estos delitos, las cuales deberán quedar debidamente documentadas.
➡️ Será obligatorio contar con políticas de identificación y verificación de clientes, beneficiarios finales, directivos y proveedores.
➡️ Las plataformas en línea y los casinos físicos deberán realizar monitoreo permanente sobre clientes de mayor riesgo (por ejemplo, personas políticamente expuestas o individuos previamente investigados por lavado de activos u otros delitos similares).
☠️ Las empresas deberán mantener un Registro de Operaciones, donde se documenten transacciones relevantes, como cambio de fichas y pago de premios, especialmente cuando el monto supere 2 500 USD o su equivalente en moneda nacional. Estos registros deberán conservarse durante al menos 5 años y entregarse, cuando sean requeridos, tanto a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF) como al organismo supervisor.
☠️☠️ El reporte de operaciones sospechosas ante la UIF-Perú será obligatorio y deberá presentarse dentro de un máximo de 24 horas desde su detección.
☠️☠️☠️ En cuanto al régimen sancionador, se introduce una clasificación de infracciones en “leves”, “graves” y “muy graves”, con multas que pueden alcanzar 8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a aproximadamente 13 000 USD. Entre las infracciones más graves figuran no reportar operaciones sospechosas, no verificar listas de personas u organizaciones señaladas por el Consejo de Seguridad de la ONU, y no ejecutar órdenes de congelamiento de fondos emitidas por la UIF-Perú.
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