⚡️De último minuto: el gobierno de Milei en Argentina🇦🇷 relaja el control financiero sobre empresas y ciudadanos
⚡️De último minuto: el gobierno de Milei en Argentina🇦🇷 relaja el control financiero sobre empresas y ciudadanos
Este viernes se publicó el Decreto 353/2025, firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Economía Luis Caputo, con el objetivo de «simplificar y desregular todos los procedimientos relacionados con inversiones y adquisición de bienes».
Este cambio es relevante porque al pagar con tarjetas de débito o crédito, los operadores de pago ya no tendrán que solicitar datos personales a las personas físicas ni informar luego a los reguladores.
Esto es lo que publicó el Ministerio de Economía de Argentina en Twitter:
▶️ Antes: hasta ahora se requería acreditación para:
➡️ Operaciones bancarias a partir de 1 millón de pesos (aproximadamente 1.000 USD)
➡️ Operaciones mediante billeteras digitales (a partir de 2.000 USD)
➡️ Retiros de cualquier monto en cajeros automáticos
➡️ En tiendas minoristas, se debía presentar pasaporte o DNI para compras en efectivo superiores a 250 USD
▶️ Ahora: la Unidad de Información Financiera (UIF), la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) deberán flexibilizar sus criterios.
➡️ En bancos, solo se solicitará acreditación para operaciones superiores a 50.000 USD (30.000 USD para personas jurídicas)
➡️ El umbral para billeteras electrónicas y transferencias se eleva a 50.000 USD
➡️ En cajeros automáticos — hasta 10.000 USD
➡️ Ya no será necesario declarar compras de bienes como ropa o calzado en tiendas. En el caso de vehículos usados, tampoco se requerirá documentación adicional. Para la compra de vehículos nuevos, sí se deberá presentar respaldo documental.
Nota: los montos en dólares están calculados al tipo de cambio “blue” (el cual mantiene una brecha con el tipo oficial, aunque actualmente es menor).
▶️ Dato útil: esta medida no constituye una amnistía fiscal. Si bien los comercios no están obligados a reportar transacciones, la AFIP conserva la facultad de investigarlas si lo considera pertinente.
▶️ ¿Cuándo entra en vigor? — algunos cambios rigen desde el 23 de mayo, pero en general, las entidades reguladoras cuentan con 30 días para adaptarse.
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